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Methodological Note – Spain – 2020

Metodología para la publicación

Jazz Pharmaceuticals (en adelante, la «Compañía») publicará todas las transferencias de valor realizadas a profesionales sanitarios (en adelante, los «HCP», por sus siglas en inglés) y a organizaciones sanitarias (en adelante, las «HCO», por sus siglas en inglés) de conformidad con el Código de prácticas de Farmaindustria, la Asociación del Sector Farmacéutico española (en adelante, el «Código»). Este documento resume el enfoque adoptado por la Compañía para calcular las cifras publicadas.

Definiciones:

1. Organizaciones sanitarias (HCO)

Para los fines de estas publicaciones conforme al Código, la Compañía ha definido el término organizaciones sanitarias como toda persona jurídica o entidad que sea una asociación médica o científica, institución sanitaria (cualquiera que sea su forma jurídica o de organización) tales como hospitales, clínicas, fundaciones, universidades y otras entidades académicas, sociedades científicas (excluidas las Organizaciones de Pacientes cubiertas por el artículo 17 del Código), o a través de la cual presten servicios uno o más Profesionales Sanitarios.

2. Profesionales sanitarios (HCP)

Para los fines de la realización de estas publicaciones conforme al Código, la Compañía incluye en esta definición a cualquier miembro de la profesión médica, odontológica, farmacéutica, de enfermería, o podología, cualquier otra persona considerada como tal legalmente, o cualquier otra persona que, en el ejercicio de su profesión, pudiera realizar o condicionar las actividades de prescribir, comprar, suministrar, dispensar o administrar medicamentos de uso humano.

3. Transferencia de Valor (ToV)

Para los fines de estas publicaciones conforme al Código, la Compañía ha definido el término transferencia de valor como cualquier pago o contraprestación directa o indirecta en efectivo, en especie, o de cualquier otra forma, con independencia de cuál sea su finalidad.

  • Directa: cuando sea el laboratorio quien directamente la realice en beneficio de un Destinatario.
  • Indirecta: cuando sea un tercero (proveedores, agentes, socios o afiliados (incluyendo las fundaciones), actuando en nombre de la compañía, quien la realice en beneficio de un Destinatario y la compañía identifique o pueda identificar el Destinatario.

Quedan excluidos de este concepto las Transferencias de Valor que formen parte de las operaciones comerciales entre los laboratorios y distribuidores, oficinas de farmacia y Organizaciones Sanitarias.

Categorías de ToV publicadas

  • Donaciones y subvenciones: sólo aplicable a organizaciones sanitarias. donaciones y subvenciones para HCO que presten apoyo a la atención sanitaria, incluidas donaciones y subvenciones (en efectivo o en especie) a instituciones, organizaciones o asociaciones formadas por HCP y/o que proporcionen servicios sanitarios.
  • Colaboración en reuniones científicas y profesionales: aportación para los costes relacionados con eventos, mediante HCO o terceros, incluido el patrocinio de la asistencia a eventos de HCP, como:
    • Cuotas de inscripción
    • Acuerdo de patrocinio con HCO o con terceros designados por una HCO para gestionar un evento
    • Desplazamiento y alojamiento
  • Prestación de servicios: Transferencias de Valor relacionadas o efectuadas en virtud de los contratos entre los laboratorios y los Profesionales Sanitarios, de
    los que se deriven la prestación de un servicio o una Transferencia de Valor no cubierta por las categorías antes mencionadas. Se publicarán las Transferencias
    de Valor efectuadas en concepto de honorarios por un lado, y las efectuadas en concepto de gastos acordados para la prestación de estos servicios por otro.
  • Investigación y desarrollo (I+D): Transferencias de valor a organizaciones sanitarias o profesionales sanitarios para la realización de ensayos clínicos, estudios observacionales o estudios no clínicos.

Protección de datos

HCP: De conformidad con lo dispuesto en el Código y la normativa vigente en materia de protección de datos, la Compañía tiene el interés legítimo de publicar a nivel individual todas las transferencias de valor realizadas de forma directa o indirecta a los HCP que realizan su actividad en España y, por tanto, no requiere consentimiento previo de estos para la recogida, el tratamiento y la publicación de sus datos personales (incluidos los datos de las transferencias de valor) necesarios para la publicación de las transferencias de valor realizadas a dichos HCP. En relación con la recogida y el tratamiento de los datos personales de los HCP, la Compañía cumplirá todos los requisitos previstos en la normativa vigente en materia de protección de datos, lo que incluye informar a los HCP de la publicación de sus datos personales en virtud de lo establecido en el Código.
Los HCP pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación con sus datos personales en cualquier momento. Para ello deberán ponerse en contacto con el Responsable de la Protección de Datos de la Compañía en el correo electrónico dpo@jazzpharma.com.

HCO: Las Transferencias de Valor realizadas por la Compañía a las HCO españolas se publicarán, en todo caso, a nivel individual.

Investigación y desarrollo

Todos los pagos realizados en concepto de I+D se publican con cifras agregadas, de conformidad con los dispuesto por el Código.

Moneda

Todas las publicaciones deben hacerse en la moneda local; los totales por categoría se muestran en euros. Cuando los pagos se hayan realizado en una moneda distinta al euro, el tipo de cambio será igual al equivalente exacto en euros según la fecha en la que se realizara la conversión. Los totales en euros se calcularán empleando el tipo de cambio vigente en la fecha del pago (http://www.xe.com/). Las variaciones serán mayores si se han producido fluctuaciones significativas en el tipo de cambio durante el periodo al que corresponda la publicación.

Impuestos

La Compañía publica las transferencias de valor en base al importe real recibido por el destinatario, ya sea ésta en especie o en efectivo; de tal forma que:

  • Se incluye el IVA para gastos como desplazamientos, alojamiento, cuotas de inscripción a congresos.
  • Se excluye el IVA para honorarios o Transferencias de Valor basados en contratos.

Fecha de la publicación

Hay un retraso inevitable entre la fecha en la que se aprueba el pago dentro de la Compañía y la fecha en la que se realiza. La Compañía publicará los detalles del pago en la fecha en la que se realizó y no en la fecha en la que se llevó a cabo la actividad.

Proyectos de varios años

Cuando los proyectos se ejecuten a lo largo de varios años, declararemos la cantidad pagada pertinente para el año en que se realizó cada parte del pago. Así, un proyecto de 2 años naturales que incluya varias transferencias de valor individuales durante ese tiempo, tendrá dos publicaciones asociadas: una para cada año natural, que mostrarán el valor de la transferencia realizada en dicho año natural concreto.

Pagos a beneficencia

En ocasiones, un HCP que haya prestado servicios a la Compañía puede solicitar que su tarifa se done a la beneficencia. Por lo general, la Compañía no permite estos casos y todos los pagos se realizan directamente a los HCP. En la circunstancia excepcional de que un pago a la beneficencia haya sido aprobado, la publicación se hará con respecto al HCP en concreto que proporcionó el servicio.

Pagos a HCO por servicios proporcionados por un HCP a nivel individual

En ciertas ocasiones, un HCO insistirá en que cualquier servicio proporcionado por sus HCP empleados no pueda contratarse directamente con ellos, si no que tenga que contratarse a través de la HCO.

En caso de que la Compañía contrate los servicios de un HCP concreto, la tarifa recibida por el HCP se publicará en la entrada correspondiente a dicho HCP. Cualquier «gasto administrativo» cargado por la HCO se publicará como una tarifa por el servicio a esa organización.

Si el HCP no recibe más pagos por el servicio (p. ej., porque actúa como orador en una reunión durante su horario laboral normal), la cantidad íntegra abonada por la Compañía se publicará como cuota del servicio a la HCO.

Empresas privadas y entidades benéficas

Cuando un HCP sea propietario de una empresa privada o de una sociedad, entidad benéfica, etc., para los fines de su renta privada, cualquier pago realizado a dicha organización se considerará, para los fines de publicación, como un pago directo al HCP.

Del mismo modo, las organizaciones en las que la mayoría de los empleados o proveedores contratados sean HCP, el valor íntegro de los pagos realizados a dichas organizaciones asociadas con los servicios de una persona concreta o identificable, se considerarán pagos directos a dicho HCP.

Pagos a organizaciones de terceros por servicios proporcionados por un HCP a nivel individual

De forma habitual, la Compañía contrata a agencias de publicidad y RR. PP., etc. (organizaciones de terceros) para que presten servicios relacionados con su negocio. En ocasiones, estos servicios pueden externalizarse y subcontratarse a un HCP a nivel individual. La política de la Compañía es que todos esos servicios deben ser informados a la Compañía por parte de la agencia de servicios contratada. La Compañía publicará cualquier pago realizado al HCP a nivel individual por parte de la agencia de servicios como si dicho pago se hubiera hecho directamente por la Compañía a ese HCP.

Subvenciones educativas médicas a empresas independientes

En ciertas ocasiones, la Compañía puede dotar a empresas independientes de financiación relacionada con proyectos educativos médicos. Las normas relacionadas con la financiación de la Compañía en estas circunstancias exigen que la Compañía no tenga ninguna influencia sobre los detalles del proyecto. La Compañía no sabrá si se ha contado con HCPs en dichos proyectos, o con cuáles se ha contado en caso de hacerlo. De este modo, la Compañía publica las transferencias de valor relacionadas con este tipo de proyectos como pagos a HCOs.

Contribuciones a reuniones

La Compañía publicará todos los pagos realizados a asociaciones médicas, HCO, etc., relacionados con reuniones. Esto incluye financiación directa, como tarifas de patrocinio, o el derecho a tener un stand de exhibición, y apoyo indirecto, como proporcionar una agencia logística o asumir los costes de las cuotas de inscripción. Los detalles se proporcionan en la línea pertinente de entrada.

El coste de cualquier patrocinio relacionado directamente con la comida, está fuera del alcance de la publicación.

Todos los costes asociados con reuniones organizadas únicamente por la Compañía quedan fuera del alcance de la publicación, excepto las tarifas abonadas a HCP a nivel individual por sus servicios como oradores, etc.

Patrocinio para la asistencia a reuniones de HCP

La Compañía presta apoyo a la asistencia de HCP a reuniones. La publicará las transferencias de valor asociadas a cada asistente a nivel individual. Cuando los costes no se desglosen de forma individualizada (p. ej., el coste de un autobús para trasladar a un grupo de HCP desde el aeropuerto al lugar de celebración de la conferencia), el coste total se dividirá de forma equitativa entre todos los beneficiarios del mismo.

Los costes declarados incluyen el transporte, las cuotas de inscripción y el alojamiento. Los costes relacionados con la hospitalidad no se publican, pero están regulados por estrictas directrices del sector y el propio Código.

Subvenciones a HCO para apoyar su asistencia a reuniones médicas

En ocasiones, las HCO solicitan a la Compañía apoyo financiero para ayudar a sus empleados a asistir a reuniones médicas. Cuando se haya realizado un pago asociado a personas concretas, la publicación se hará como si el dinero se hubiera transferido directamente a cada HCP en concreto. Cuando la Compañía no conozca los nombres de los HCP que recibirán la ayuda financiera, el apoyo financiero se publicará contra la HCO para la que trabajen.

Pagos transfronterizos

La Compañía es una empresa mundial que opera en muchos países, y por este motivo, de vez en cuando, puede contratar a HCP y HCO de distintos países. En estos casos, las publicaciones se harán en el país del receptor por parte de la filial de Jazz ubicada o que trabaje en dicho país, de conformidad con las leyes y reglamentos locales.

Los pagos realizados a las organizaciones locales por parte de entidades de Jazz ubicadas en otros países se publican de forma local, independientemente de la fuente de financiación.

Organizaciones de pacientes

Todas las transferencias de valor a organizaciones de pacientes se publican directamente en el sitio web de la Compañía Jazz Pharmaceuticals.
Si el pago está asociado a un HCP a nivel individual que trabaja con la organización de pacientes, la financiación se publicará dos veces: el pago del HCP se publicará en la plataforma local de publicación dentro de la entrada del HCP, y el proyecto en general se publicará en el sitio web de la Compañía en la entrada de la organización de pacientes.

Los socios de la Compañía

Como empresa independiente, la Compañía publica todos los pagos realizados directamente desde las cuentas bancarias de la Compañía, y enumerados en sus registros, como parte de sus operaciones comerciales normales. No se realizan pagos a HCP, HCO u organizaciones a terceros desde ninguna otra cuenta bancaria que no sean las de la Compañía.

La Compañía no publica pagos realizados por sus accionistas o por otras partes interesadas, ya sean personas individuales u organizaciones.

Proyectos de comercialización conjunta

Cuando la Compañía comercialice de forma conjunta un producto con otra empresa farmacéutica, la Compañía sólo declarará los pagos hechos directamente desde las cuentas bancarias de la Compañía, y enumerados en sus registros, como parte de sus operaciones comerciales normales. Las transferencias de valor realizadas por sus socios de comercialización conjunta se publicarán de forma separada por parte de dichas organizaciones.

Aviso legal

La Compañía utiliza una combinación de sistemas automatizados y entrada de datos manual para recopilar la información necesaria de las transferencias de valor y su posterior publicación. La información publicada refleja nuestra buena fe y mejores esfuerzos para cumplir con las disposiciones del Código. En el caso de que, pese a nuestros mejores esfuerzos para asegurar una publicación que refleje fielmente las transferencias de valor llevadas a cabo, no se haya podido lograr incluir información correcta y completa, se investigará y se tratará de corregir en el caso de que la información sea incorrecta.

Las transferencias de valor declaradas conforme a los requisitos del Código aquí publicadas se utilizarán únicamente para cumplir con las disposiciones del Código.

Los datos no son adecuados para ser utilizados en ningún caso como referencia fiscal o a otros efectos, ya que los conceptos utilizados son específicos para el objetivo sectorial de transparencia.

Queda advertido expresamente que la publicación de esta información que realiza la Compañía no constituye una habilitación general para que quienes accedan a la información puedan llevar a cabo un tratamiento adicional de los datos de los profesionales.